sábado, 26 de mayo de 2012

COMPROMISOS AL ADQUIRIR LA TARJETA PROFESIONAL


 Cuando un individuo natural adquiere su tarjeta profesional en cualquier clase de ingeniería asume la responsabilidad de las normas, deberes y leyes que estas lo acobijan así conoceremos algunos artículos que nos permitirán aplicarlos en determinados momentos, que como ingeniero se nos presentara. II. LEY 842 DE 2003 El ingeniero titulado debe regirse a las normas que preside el código de ética profesional las consecuencias recaerán sobre el titulado no debe perjudicar las acciones, o reputaciones de sus colegas; el consejo seccional determinara la sanción que se le aplicara al imputado en su labor profesional, se verá afectado por la decisión que el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería (COPNIA). El titulado debe cumplir con los requerimientos, situaciones, diligencias bienes e información que maneja en la entidad que labora; debe registrar ante el COPNIA sus datos personales e información que compruebe la denuncia o delito cometido cuando se presenta alguna investigación. El incumplimiento de las obligaciones civiles, comerciales, laborales adquiridas mediante un contrato laboral inculca una sanción de especial gravedad; el recibir dineros de una persona natural o jurídica recaerá en peculado. El rechazo de recomendaciones del trabajo que atente contra el entorno humano y natural puede recaer en una sanción de especial gravedad, ofrecer desinteresadamente sus servicios profesionales si esperar un pago. Ejecutar obras publicas sin autorización del estado; la utilización de información en la ejecución de un proyecto si autorización del autor de tal información causara sanciones por parte del COPNIA al titulado. El titulado tiene prohibido ofrecer sus servicios si se comprueba que se encuentra fuera del alcance del ejercicio del profesional o si no logra alcanzar la meta del proyecto; el manejo de un proyecto impide a que el titulado permita descuentos de su proyecto. El profesional tiene el deber de ser imparcial cuando este posesionado en un cargo público o privado; no podrá participar en la evaluación de un colega o con algún pariente; el deber del titulado es denunciar una transgresión en caso de ingeniero o durante el proceso. Algunas prohibiciones generales que establece el COPNIA son contratar ilegalmente a una las faltas disciplinarias ante un caso intencional o culposo su profesión o actividad relacionada dicha culpabilidad se rige bajo el artículo 29 de la constitución política en la que establece que toda persona se presume inocente mientras no se le ha declarado judicialmente culpable este proceso se aplicara a toda clase de actuaciones judiciales y administrativa donde el régimen disciplinario es la misma rama ejecutiva y organismos estatales como el consejo superior de judicatura. El código contencioso administrativo y todas las autoridades de las ramas del poder público como la procuraduría, corte constitucional y registraduria estarán presentes siempre ante cualquier proceso que estas la vinculen. Así mismo el consejo profesional determinara si la falta es leve, grave y de especial gravedad dependiendo de la jerarquía mando que el profesional tenga igualmente los motivos por los cuales se encuentra involucrado. Las faltas determinadas como de especial gravedad son incurrir en la obstaculización de las investigaciones en contra de los cargos, utilizar las hojas de vida de sus colegas con fines personales, abandono del cargo, y el provecho patrimonial de los recursos públicos. Las faltas disciplinarias tendrán un expediente disciplinario ante el consejo en las que se adjuntan todo lo relacionado con el proceso este expediente determinara lo favorable y lo desfavorable del titulado, el presidente del COPNIA determinara un veredicto o aceptara la apelación del acusado. Esta información puede ser publicada a terceros bajo la autorización del presidente de COPNIA ya sea para determinar pruebas en la apelación del fallo. La iniciación del proceso se dará debido a una queja interpuesta por una persona natural o judicial en la secretaria del consejo seccional o regional, esta queja se avalara por un juramento de palabra que se hará en el momento de interposición de la queja para así iniciar la ejecución de la investigación; esta se llevara a cabo por la secretaria de la seccional en donde fue interpuesta la queja esta investigación se realizara no más de sesenta (60) días, en esta investigación se aportaran pruebas. Estas determinara la ocurrencia que tiene el titulado en la investigación adelantada y si la falta tiene un fallo constitucional o no, el informe por parte de la secretaria se dará en un plazo de diez días hábiles al presidente del consejo donde se interpuso la queja el presidente en los siguientes quince días hábiles determinara el grado de culpabilidad y dictara una sentencia; la secretaria tiene el deber de notificar el pliego de cargos al titulado inculpándolo o exonerándolo. El vencimiento de términos dará oportunidad al titulado de aportar pruebas que justifique la causa de su actividad esto generar una investigación que no durara más de sesenta días hábiles. Al finalizar el termino probatorio, se labora un proyecto de decisión, la cual determina si el profesional es acusado o no de violar la ley; la decisión la adopta el COPNIA; ante este concepto el profesional podrá apelar si la decisión lo toma culpable. El COPNIA resolverá esta apelación en los siguientes cinco días. Esta por ultimo llega a determinar al profesional si puede ser sancionado o no, si lo es al sancionado se le archivara dicha violación por computo en la base de datos del titulado y por lo tanto no podrá ejercer su profesión en cualquier entidad ejecutora de la ingeniería y sus profesiones afines; esta sanción no tendrá una duración mayor a cinco años

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